Preconcurso de Acreedores | |
¿Cuándo iniciarlo? | En un lapso de 2 después de meses conocida la insolvencia. |
¿Cuánto dura? | Máximo 4 meses. |
Ventajas | Conserva la disposición patrimonial. Detiene ejecuciones. No se publica en el BOE. |
¿Necesitas ayuda? | Te ayudamos a TRAMITAR EL PRECONCURSO DE ACREEDORES |
El Preconcurso de Acreedores puede ser una estrategia inteligente para deudores insolventes, no solo permite detener ejecuciones y conservar la disposición patrimonial, sino que además promueve acuerdos de pago con los acreedores.
Aquí te explicaremos todo lo relacionado al Preconcurso de Acreedores: qué es, cuándo iniciarlo y para qué sirve.
Nuestro equipo asesor está especializado en la gestión y tramitación de concursos de acreedores. Contáctanos: te ayudamos a hacerlo fácil.
¿Qué es el Preconcurso de Acreedores?
El Preconcurso de Acreedores constituye una fase previa al concurso de acreedores y cuyo cumplimiento es obligatorio bajo la luz de la Ley de Segunda Oportunidad. Se trata entonces de una fase que comienza con la solicitud de acogerse a la Ley y cuyo objetivo es promover la negociación extrajudicial entre el deudor insolvente y sus acreedores.
Con una duración máxima de tres meses prorrogables a treinta días más, el Preconcurso de Acreedores se desarrolla con autonomía entre las partes involucradas, de manera que, a pesar de que se le comunica al juez mercantil, este no interviene activamente en su desarrollo ni toma disposición sobre el patrimonio deudor.
Antes de solicitar la apertura del Preconcurso, el deudor tendrá un lapso de dos meses (a partir del momento en que conoce su insolvencia) para comunicar a sus acreedores sobre su estado financiero y su pretensión de negociar las deudas.
¿Cuándo solicitar el Preconcurso de Acreedores?
El deudor tiene dos meses para comunicar a sus acreedores y al juzgado mercantil sobre su pretensión de negociar sus deudas. Este lapso se contará desde el momento en que el deudor tiene conocimiento sobre su insolvencia actual o inminente.
Hecha la solicitud, se comienza a computar un lapso de tres meses prorrogables a treinta días más, durante los cuales el deudor deberá presentar a sus acreedores una propuesta de plan de pagos donde indique bajo cuáles condiciones puede lograr el pago. Esta propuesta puede contener quitas, esperas o la reestructuración de condiciones del crédito.
Vencido el plazo para el desarrollo del preconcurso sin haber logrado un acuerdo válido, el deudor deberá solicitar ante el juez mercantil, dentro de un lapso no mayor a un mes, que se le declare en concurso de acreedores.
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Ventajas del Preconcurso de Acreedores
Durante el concurso de acreedores se ordena vía judicial que se detengan las ejecuciones individuales sobre el patrimonio deudor, esto, conjuntamente con la posibilidad de conservar la disposición sobre sus bienes, ofrece al deudor las siguientes ventajas:
- El deudor puede seguir sus actividades normales, estabilizando su situación financiera mientras busca una solución a su insolvencia, gracias a que ni el juzgado ni los acreedores podrán interferir en sus actividades.
- Se suspenden y declaran inadmisibles todas las acciones judiciales o administrativas que puedan interferir con las actividades comerciales o profesionales del deudor.
- El Preconcurso de Acreedores no es publicado en el BOE, lo que garantiza un mayor nivel de privacidad en cuanto a la insolvencia del deudor.
Desventajas del Preconcurso de Acreedores
A pesar de que el preconcurso puede representar una alternativa con muchos beneficios, también presenta una desventaja: los acreedores con garantías reales sí pueden ejecutar sus embargos durante el preconcurso.
Esto quiere decir que aquellos acreedores con los que hayas contratado una hipoteca o una prenda, podrán atacar directamente el bien gravado.
Estas ejecuciones solo podrán impedirse cuando se demuestre que el bien que funge como garantía resulta imprescindible para la continuación de las actividades comerciales o profesionales del deudor.
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Preguntas frecuentes sobre el Preconcurso de Acreedores
¿Quién puede solicitar el Preconcurso de Acreedores?
El Preconcurso de Acreedores se inicia mediante solicitud hecha ante el juzgado mercantil competente, esta solicitud podrá ser hecha por el mismo deudor o alguno de sus administradores (en caso de ser una persona jurídica).
¿Cuándo dura el Preconcurso de Acreedores?
El Preconcurso puede tener una duración máxima de tres meses prorrogables a un mes más, lo que significa que en la práctica este procedimiento no puede tomar más de cuatro meses en finalizar.