Si la empresa donde trabajas ha acumulado los impagos de los salarios, entonces podría estar frente a una situación de insolvencia. Los trabajadores de una empresa en concurso deben conocer cuáles son sus derechos y quiénes los representarán en el procedimiento concursal.

¿Trabajas para una empresa que se ha declarado en concurso de acreedores? Entonces no hay tiempo qué perder, sigue leyendo y conoce aquí cuáles son los pasos a seguir. ¡Haz valer tus derechos laborales!

Nuestro equipo asesor está especializado en la gestión y tramitación de concursos de acreedores. Contáctanos: te ayudamos a hacerlo fácil.

¿Qué es el Concurso de Acreedores?

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial, regulado principalmente por el Real Decreto Legislativo 1/2020. Mediante este procedimiento, la empresa que se encuentra en estado de insolvencia, busca resolver sus impagos a través de acuerdos con sus acreedores manteniendo así, el funcionamiento de la empresa y no agravar más su estado financiero.

Los objetivos de este procedimiento concursal radican en dos puntos muy importantes; en primer lugar, pagar las deudas (sueldo, indemnizaciones, hipotecas, entre otras) y, en segundo lugar, salvaguardar la empresa como sociedad.

Sin embargo, no todas las empresas llegan a este final feliz. La mayoría termina con un concurso de acreedores que les lleva a la liquidación total de su patrimonio para pagar toda o casi toda la deuda.

Para explicarte cuáles son tus derechos como trabajador es importante que entiendas cuáles son los principios por lo que se rige el concurso de acreedores y cuál es su fundamento jurídico.

¿Cuándo la empresa debe presentar un concurso de acreedores?

Una vez conocida la insolvencia de la empresa el deudor está en la obligación de declarar y solicitar ante un juez Mercantil el concurso de acreedores. Esta declaración debe hacerse en un plazo no mayor de dos meses desde el momento en que el deudor se entera de la insolvencia para comunicárselo a los acreedores y al juez mercantil.

Cuando el concurso de acreedores es solicitado por el deudor es denominado concurso voluntario,. Pero si lo llegase a hacer uno o todos los acreedores, entonces será denominado concurso necesario en virtud del artículo 29 del citado Real Decreto 1/2020. Este último trae como consecuencia que podrían empeorar la situación para el deudor.

Existen ciertas diferencias en ambos casos, si el concurso es voluntario, el administrador de la empresa mantendrá ciertas funciones y debe colaborar con el administrador concursal. Si por el contrario el concurso es necesario, el administrador pierde potestad, quedando todo a cargo del administrador concursal designado por el juez.

¿Cuándo y quién nombra el administrador concursal?

En el momento en que el juez declare el concurso de acreedores, nombrará a un administrador concursal, quién sustituirá la figura del administrador ordinario de la empresa (en caso de sea concurso necesario).

Las funciones de un administrador concursal son, en primer lugar; emitir un informe de análisis de la situación financiera de la empresa, así como del patrimonio, recogiendo las activos y pasivos para determinar si hay viabilidad o no de pagar a los acreedores.

Para determinar si es o no viable saldar las deudas, el informe debe contener desde las características y cuantía de los bienes de la sociedad en concurso, como todas las deudas con trabajadores, que incluyen salarios e indemnizaciones, con Seguridad Social, Hacienda, Derechos Públicos y con proveedores.

Es potestad del administrador concursal, determinar en dicho informe a quién se le pagará primero y a quién después, considerando ciertos privilegios a los trabajadores de la empresa.

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Los trabajadores en el Concurso de Acreedores

Dentro del concurso de acreedores hay un orden para pagar las deudas, de manera que, los trabajadores no son considerados acreedores privilegiados. En cuyo caso, son las acreencias privilegiadas (aquellas con garantía a su favor, prendas e hipotecas) las que deben ser satisfechas primero.

Sin embargo, esto no quiere decir que los trabajadores no gocen de ciertas consideraciones. Si bien no son acreedores privilegiados, a través de las normativas de la Ley Concursal se ha logrado proteger los derechos de los trabajadores por ser de carácter público.

¿Qué derechos tienen los trabajadores en el Concurso de Acreedores?

Los trabajadores son considerados también acreedores, participando en el concurso por el cobro de sus salarios adeudados hasta un mes antes de la solicitud del concurso, y por aquellos salarios e indemnizaciones que se generan durante el procedimiento concursal.

Que los salarios de los trabajadores sean satisfechos dependerá de ciertas circunstancias. Una es, de si la empresa logra pagar los créditos privilegiados y que aún quede con liquidez para pagar a los trabajadores. Y la otra es, si ocurriera lo contrario, la liquidez del patrimonio no fue suficiente para cubrir las deudas con los trabajadores, entonces el pago de los sueldos e indemnizaciones será asumido por FOGASA.

Ciertos derechos de los que gozan los trabajadores:

Los salarios pendientes de pago

Los salarios pendientes deben pagarse de forma prioritaria, cuyos gastos se generaron por días trabajados hasta 30 días antes de la declaración del concurso. Y el cálculo para dicho pago será dos veces el salario mínimo interprofesional.

Los salarios e indemnizaciones posteriores a la declaración de concurso

Los salarios e indemnizaciones laborales que tienen lugar después de iniciar el concurso de acreedores son también considerados créditos contra la masa. Y, estos deben pagarse conforme se vayan generando, así como el finiquito por extinción de la relación laboral. Para estos casos, no existe un límite de cuantía.

Es importante que sepas, que los salarios e indemnizaciones se seguirán generando durante todo el proceso del concurso hasta que el juez no declare el cese de las actividades de la empresa.

Crédito contra la masa

Dentro del orden de pago en el concurso de acreedores, los trabajadores tienen el privilegio de cobrar antes que los créditos ordinarios. Sin embargo, no hay una definición legal para denominar a Crédito contra la masa, pero en artículo 242 del RD 1/2020 hay una lista detallada:

  • Aquellos importes necesarios para la continuidad de la actividad empresarial (salarios-proveedores)
  • Salarios de los últimos 30 días efectivamente realizados y anteriores a la declaración del concurso por considerarse perjuicio a los trabajadores
  • Salarios e indemnizaciones por despido (posterior a la declaración)
  • Pagas extraordinarias (generados después de la declaración del concurso)
  • Resuelto por la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de julio de 2014 y por la Sentencia de 13 de julio de 2016, se considera crédito contra la masa las indemnizaciones por despidos que hayan sido declaradas judicialmente como improcedentes o nulo después de la declaración del concurso.

Cobros por FOGASA

FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial. Es un organismo cuyo objetivo es garantizar que los trabajadores perciban sus salarios e indemnizaciones cuando la empresa en la que labora se haya declarado en insolvencia.

Gracias a FOGASA los trabajadores no tienen que esperar a que finalice el concurso de acreedores para que sus salarios sean cancelados. Sino que, en cualquier punto o fase del concurso el trabajador puede dirigirse a la oficina y solicitar que asuma el pago, luego esos gastos serán subrogados del concurso.

Existe un cálculo para la cancelación de los salarios e indemnizaciones por FOGASA: para salarios se calcula el doble del salario mínimo diario interprofesional y se considera un máximo de 120 días. Mientras que para las indemnizaciones existe el límite al alcanzar la anualidad y se calcula el salario diario en base al mínimo interprofesional.

Ten en cuenta que, si cobras más del doble de un salario mínimo interprofesional, entonces cobrarás menos, ya que el límite para cobrar por FOGASA es justamente el doble del salario mínimo interprofesional.

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Tatiana Palacios

Tatiana Palacios

Abogada con máster en derecho bancario y especializada en reclamaciones financieras. Junto a todo el equipo de Adiós Ficheros, defiendo el derecho de las personas a acceder a información honesta y transparente: Por un consumo financiero más justo y responsable.

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